Nuevas medidas para viajar según el gobierno federal de los Estados Unidos

Articulista Invitado

Por Rose Mary Santana

San Francisco, EE.UU. —Con cambios casi diarios en la ofensiva para combatir el COVID-19, ante la llegada de la nueva variante Omicron a Estados Unidos, las preocupaciones e interrogantes en torno a los requisitos anunciados por la Casa Blanca para entrar al país son muchas.

Sin embargo, el presidente Joe Biden ha insistido en que las medidas más estrictas “proporcionan un grado adicional de protección a medida que los científicos continúan estudiando la variante Omicron».

Por su parte la Asociación de Viajes de EE. UU. ha explicado que espera que la ventana de un día sea solo temporal, «hasta que se sepa más sobre la variante».

Mientras eso sucede los viajeros se preguntan: ¿a quiénes afectan las medidas? ¿cuándo inician? ¿cuáles pruebas de detección del COVID-19 son aceptadas para entrar a EE. UU? ¿cuáles datos incluyen? o ¿qué pasa si el pasajero tuvo COVID?

Estas y otras preguntas en cuanto al cambio de política para viajeros internacionales que entrarán en vigor el lunes, 6 de diciembre, las responde la Voz de América.

¿A quiénes afecta? ¿Cuándo entra en vigor?

Un punto clave a esta pregunta es que todo viajero que llegue EE. UU. desde el extranjero debe estar completamente inoculado – con las vacunas aceptadas y aprobadas por la Organización Mundial de la Salud – y debe traer consigo una prueba negativa obligatoria del COVID-19, tomada el día antes de la salida del vuelo de origen del pasajero a Estados Unidos.

Por ejemplo, si un pasajero tiene programado el vuelo a Estados Unidos, a cualquier hora, un domingo, necesita que su prueba negativa sea emitida en cualquier momento del sábado.

La nueva regla sustituye la anterior que permitía que la prueba tuviera una vigencia de hasta tres días antes de ingresar a territorio estadounidense. Así que, a empacar junto a los papeles de viaje, la prueba negativa seas o no ciudadano estadounidense.

Otro punto clave es que el requerimiento de la prueba aplica para todo pasajero mayor de 2 años. Sin embargo, para los más pequeños no aplica el requerimiento de las vacunas. Los menores de edad están exentos del requisito de las vacunas por el momento, al igual que los ciudadanos estadounidenses por decreto presidencial.

Ojo con el tema de los horarios o vuelos con escalas, de acuerdo con los Centros para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC). Las 24 horas antes incluye la salida del vuelo con destino a EE.UU. «o el primer vuelo de una serie de conexiones reservadas en el mismo itinerario».

Pero, ¿qué pasa si tienes un vuelo de conexión a través de territorio estadounidense?

Las autoridades de salud señalan en su sitio electrónico oficial que los nuevos requisitos también aplican a las personas que solo hacen conexiones a través de EE.UU., así que toma en cuenta este otro punto clave: debes presentar también una prueba negativa independientemente de si EE. UU. es el destino final o una conexión con otro país.

¿Qué pruebas de detección del COVID-19 son aceptadas para entrar a EE.UU.?

En cuanto al tipo de pruebas de detección del COVID-19 que son aceptadas, los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC), explican que puede ser una prueba de antígeno o una prueba de amplificación de ácido nucleico (conocida como NAAT).

Así que una de las recomendaciones de los expertos para aquellos que van a viajar y quieren un resultado rápido es hacerse la prueba de antígenos, que es más sencilla y se puede realizar en muchas oficinas médicas usando un hisopado nasal o de garganta.

Un aspecto clave en este interrogante es que, independientemente de la prueba, los lineamientos de los CDC son claros al ordenar a las autoridades migratorias que la prueba que será aceptada “debe estar autorizada para su uso por la autoridad nacional pertinente” del país en donde se administra la prueba.

En cuanto a cómo se debe presentar la documentación que certifique que un viajero es negativo por COVID, las autoridades de salud estadounidenses indican que puede ser tanto impresa o electrónica y debe incluir los siguientes datos:

  • Tipo de prueba de detección (se debe indicar si es una prueba NAAT o una prueba de antígeno).
  • Entidad que emite el resultado.
  • Fecha de recolección de la muestra.
  • Información que identifique a la persona (nombre completo y al menos otro identificador, como la fecha de nacimiento o el número de pasaporte).
  • Resultado de la prueba de detección (que debe ser negativo).

Y, finalmente, una nota para los que se preguntan: ¿qué hacer si tuvieron COVID?

Según los CDC las personas que se han recuperado de COVID-19 pueden continuar dando positivo hasta tres meses después de la infección.

Para estos casos las autoridades en salud señalan que “puede viajar con los resultados positivos de la prueba viral”, y una carta que certifique que el pasajero se recuperó del COVID-19 en los últimos 90 días.

Esta documentación debe ser avalada por un proveedor de atención médica (como clínicas o hospitales públicos o privados) o un funcionario de salud pública donde conste que se lo autorizó a viajar.

Rose Mary Santana es Periodista, Ex presidenta del Colegio Dominicano de Periodistas, FL, Corresponsal en Miami de www.acento.com.do, www.elnuevodiario.com.do, www.Diasporadominicana.com.do, www.primicias.net y colaboradora de www.cnd.com.do, Editora-presidenta de www.rosemarynews.com como Miembro del Programa de Influyentes del Hispanic Digital Network de @cision/PRNewswire, Abordo tema República Dominicana para Diario Las Américas, Miembro Asociación de Prensa Internacional de Miami, MIPA, Asociación Nacional de Periodistas Hispanos en Estados Unidos, NAHJ, Miembro de la Federación Internacional de Periodistas, FIP, sede Bruselas, ADOMPRETUR, CDP y Círculo de Locutores de RD.